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Sentencia Sala Constitucional TSJ (Venezuela)
Una de las motivaciones que dieron origen al Instituto de Auditores Forenses, se desprende del hecho de enfatizar la importancia de cuidar las formas y los extremos legales, es por eso que reiteradamente hacemos incapié en que el desarrollo de la Aduitoria Forense comprende un equipo multidisciplinario y que en dicho equipo se debe tener especial cuidado a la relación que debe existir entre el Auditor Forense y el Abogado en mantener equipos efectivo de trabajo, es decir que mantengan objetivos comunes, reglas claras y relaciones afables en el desarrollo de la Auditoría Forense.
En la sentencia que reproducimos, podrán apreciar como una actuación técnica realziada al margen de los procedimientos establecidos en los Códigos y Leyes procesales respectivos, es atacado, y desconocido por violentar el debido proceso y la presunción de inocencia (principios Constitucionales). En ese sentido, uizas una excelente actuación técnica ha quedado en el desamparo y sin cumplir su rol primordial, el de establecer las causas que originaron una supuesta situaciòn contra legem alimentando la impunidad.
Esta situación, no escapa a ninguno de los ámbitos de la Auditoria Forense, lo que desvirtua su esencia, fines y utilidad.
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