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Lavado de dinero: limitan reaseguros de empresas en el exterior
Tomado de: http://noticierodiario.com.ar/es/lavado-de-dinero-limitan-reaseguros-de-empresas-en-el-exterior/
Las compañías argentinas deberán ser autorizadas por la Superintendencia de Seguros para reasegurar en forma directa con las del exterior. Es un significativo aporte para cumplir los requerimientos del GAFI, dijo el ministro de Justicia, Julio Alak
En un nuevo paso para profundizar los controles y mejorar los mecanismos de obtención de información sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, las compañías argentinas no podrán reasegurar en forma directa con firmas del exterior sin la autorización de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), según se desprende de una resolución de ese organismo.
El ministro de Justicia, Julio Alak, recibió en su despacho al titular de la SSN, Francisco Durañona, con quien analizó las implicancias de la medida, publicada en el Boletín Oficial, que modifica el marco regulatorio de las operaciones entre las aseguradoras argentinas y las compañías extranjeras de reaseguros.
En ese sentido, Alak consideró que la disposición representa un significativo aporte para cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional, el organismo intergubernamental de lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo que la Argentina integra como miembro pleno.
Tras el encuentro entre el ministro de Justicia y el titular de la SSN, se explicó que durante 2010 la brecha entre las primas y las comisiones pagadas a las reaseguradoras ascendió al 53%; y que ahora, a partir de la modificación normativa, el Estado podrá hacer una fiscalización efectiva sobre las contrataciones y un adecuado control sobre la salida de divisas.
Según se indicó, la resolución establece que se prohíbe a las aseguradoras argentinas reasegurar en forma directa con compañías extranjeras, salvo cuando la SSN autorice lo contrario por Resolución fundada particular relativa a operaciones de reaseguro determinadas y debidamente individualizadas cuando, por la magnitud y las características de los riesgos cedidos, las operaciones de reaseguro no puedan ser cubiertas en el mercado reasegurador nacional.
En este sentido, se ha determinado que resulta necesario adecuar los mecanismos de control tendientes a garantizar la necesaria solvencia de aseguradoras y reaseguradoras que operen en el territorio nacional, así como la equidad y la razonabilidad técnica de las condiciones de contratación respectivas.
De esta manera, se busca favorecer la integración y la armonización de los mercados de seguros y reaseguros de los países del Mercosur y realizar un control efectivo informando sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
La medida apunta a adecuar el régimen del reaseguro a las disposiciones de la Ley 12.988, que prohíbe asegurar en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional, y permitir una fiscalización efectiva de las contrataciones de reaseguro y del estado de las reservas de las aseguradoras.
También se pretende fortalecer las posibilidades de cobro por parte de los acreedores en casos de liquidación forzosa de aseguradoras y generar un adecuado control sobre la salida de divisas del país.
La medida entra en vigencia el próximo 1 de septiembre, fecha a partir de la cual las reaseguradoras que no se hubieran radicado en el país, no podrán aceptar operaciones de reaseguros de aseguradoras argentinas.
Números del mercado
Se observa un permanente crecimiento de las sumas netas remesadas al exterior como corolario de la operatoria de reaseguros, tanto en lo que corresponde al saldo final de la cuenta entre aseguradores y reaseguradores, como a las cada año más elevadas sumas abonadas en concepto de comisiones.
2002
Primas abonadas: U$ S 565.280.860
Pagos recibidos: U$ S 495.620.570
2005
Primas abonadas: U$ S 560.249.600
Pagos recibidos: U$ S 305.878.600
2010
Primas abonadas: U$ S 1.154.702.230
Pagos recibidos: U$ S 545.590.520